No existe en Colombia una ley que prohíba la utilización del polígrafo, por lo tanto el Ministerio del trabajo en varias oportunidades (116435 del 1º de julio de 2015, por ejemplo) ha señalado que la prueba de polígrafo puede ser realizada en el ámbito laboral siempre que no se utilice como prueba.
Esto significa que la prueba de polígrafo se puede hacer en procesos de selección y vinculación de personal, o en ascensos, más no en procesos de desvinculación.
En algunas instituciones o empleos como la vigilancia privada, fuerzas militares, organismos judiciales, etc., es obligatoria la prueba de polígrafo en un intento de impedir que ingrese personal no idóneo que pueda poner en riesgo la seguridad de la institución, lo que también es válido en el sector privado donde se requiere contratar personal que por la actividad a desarrollar requiere la plena confianza del empleador, para lo cual se requiere la prueba poligráfica como una política interna de cada empleador.




